Se les recuerda a todas las Asociaciones que han sido declaradas de utilidad pública que se encuentran obligadas a presentar la declaración de beneficiarios finales ante el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 9416 “Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal”.
Asimismo, se les hace saber sobre la reforma al Decreto Ejecutivo N°29496-J “Reglamento a la Ley de Asociaciones”, específicamente la inclusión de los artículos 32 bis, 33 bis y 33 ter.