A TODAS LAS ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS INSCRITAS ANTE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LOS HABITANTES
De conformidad con los artículos 78 y 79 del Decreto Ejecutivo No. 37554-JP de 30 de octubre de 2012, se les recuerda que a partir del día 1º de enero de 2015 y hasta el día 31 de dicho mes, se encuentra al cobro el Canon por Regulación y Administración de Bases de Datos. En consecuencia, cada base de datos deberá depositar la suma de DOSCIENTOS DOLARES ($ 200.00), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, a la orden de la cuenta de ahorros del Banco de Costa Rica, Cuenta Cliente número: 15201001030443192, a nombre de la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB), cédula Jurídica: 3-007-655746. En el detalle deberá acreditarse el número de código con que fue inscrita la respectiva base y su titular. El incumplimiento en el pago acarreará la imposición de las sanciones previstas en el citado Decreto Ejecutivo.